Polygon Labs y Ledger están instando a los legisladores de la UE a modificar ciertas cláusulas de la Ley de datos relacionadas con las reglas de los contratos inteligentes.
Las empresas escribieron en una carta abierta conjunta que la versión actual del artículo 30 de la Ley de datos “inhibirá la innovación y el crecimiento económico” en la criptoindustria europea, ya que no tiene en cuenta las complejidades de los sistemas de contratos inteligentes que no tienen permiso.
Agregaron que la Ley de Datos pretende “reducir la brecha digital” para permitir que todos participen en estos sistemas emergentes; sin embargo, el estado actual del Artículo 30 probablemente tendrá el efecto contrario y limitará la participación igualitaria en estos sistemas
“Le solicitamos respetuosamente que considere las revisiones propuestas al art. 30 discutidos a continuación para garantizar que esta nueva ley no capture sin darse cuenta partes abiertas, transparentes y sin permiso de la tecnología blockchain emergente”.
Recomendaciones
Según la carta, ciertas cláusulas del artículo 30 deben cambiarse ya que la falta de claridad y especificidad en el lenguaje amplía su alcance más allá de lo necesario.
Agregó que esto podría conducir a un efecto involuntario e involuntario de prohibir los contratos inteligentes autónomos sin permiso y las aplicaciones que sin duda caerán bajo este paraguas.
El tema principal que se plantea en la carta es el preámbulo del Artículo 30, que estipula que los requisitos dentro se impondrán a “la parte que ofrece contratos inteligentes en el contexto de un acuerdo para hacer que los datos estén disponibles”.
Sin embargo, la carta argumenta que una parte significativa de los sistemas de contratos inteligentes no tienen tal parte, ya que son autónomos y no podrán cumplir con el mandato de la Ley de Datos.
Sin fiesta de ofrendas
Las empresas instaron a los legisladores a revisar la cláusula para garantizar que solo se pueda aplicar a sistemas basados en contratos inteligentes “autorizados” que tengan una “persona física identificable o entidad corporativa” que los posea y los opere.
También solicitaron a los legisladores que excluyan a los desarrolladores de software que trabajan en protocolos y aplicaciones descentralizados del término “parte que ofrece contratos inteligentes”.
“Dada la naturaleza autónoma de las dApps y que ningún partido las “ofrece”, proponemos que la UE incluya una enmienda específica al art. 30 para excluir a los desarrolladores de software, aquellos que escriben y publican el código, del alcance de la disposición para garantizar que aquellos que se dedican al desarrollo de software no sean considerados inadvertidamente como una “parte que ofrece” contratos inteligentes.
Además, la carta reconoció que ciertos proyectos podrían afirmar que están descentralizados pero aún tienen puntos de centralización. Como tal, solo excluir a los desarrolladores de software del término garantiza que las entidades con control centralizado sobre estos protocolos rindan cuentas.
La carta instó a los legisladores a aclarar que “un acuerdo para hacer que los datos estén disponibles” solo puede aplicarse a “acuerdos contractuales tradicionales” entre dos personas o entidades corporativas.
La iteración actual del Artículo 30 obliga a la centralización debido a la cláusula de que un contrato inteligente debe tener la funcionalidad para ser rescindido. Como se mencionó anteriormente, esto no sería posible sin una entidad centralizada que controle el sistema.
También recomendó que el alcance del artículo 30 se defina claramente especificando que “acuerdo” solo se refiere a datos personales, secretos comerciales o información comercial confidencial.
Polygon y Ledger cerraron solicitando a los legisladores que se aseguren de que el lenguaje y el alcance de la Ley de Datos sean similares a los de la regulación de Mercados de Criptoactivos (MiCA), que da cuenta de los proyectos de criptomonedas totalmente descentralizados y los excluye de los requisitos impuestos a las entidades centralizadas.